En David Parrado Abogados trabajamos con Usted, para alcanzar la mejor solución a los problemas jurídicos que nos acontecen diariamente.
Dentro de nuestras áreas podrán encontrar solución a cualquier circunstancia que le acontezca por ejemplo en materia civil divorcio, cómo preparar una herencia (testamento, tramitación, escrituras, impuestos), qué hacer ante los impagos, reclamaciones bancarias y en materia penal, juicios rápidos (accidentes, alcoholemia, lesiones imprudentes y un largo etc.), tanto extrajudicialmente, mediación civil y familiar, hasta los procedimientos judiciales en todas las instancias, puede contar con el equipo de profesionales de nuestro despacho, para estar a su lado y ofrecerle “seguridad, solvencia jurídica, cercanía y transparencia”.
Nuestros servicios jurídicos se centran tanto en materia de asesoramiento extrajudicial como ante un procedimiento judicial, para hacer valer sus derechos le garantizamos el más alto nivel jurídico.
Desde David Parrado Abogados, trabajamos para alcanzar la mayor eficiencia y aspiramos a superar sus expectativas y así convertirnos en sus abogados de confianza.
En los procedimientos penales existe una fase previa a la primera instancia, denominada de instrucción, que tiene por objeto determinar si existen indicios de delito. En estos procesos los honorarios también dependen de las fases de los mismos, si bien en los procedimientos penales existe una fase previa, denominada instrucción, que tiene por objeto determinar si existen indicios de delito, en cuyo caso se iniciaría la primera instancia.
1.- Fase de instrucción y Apertura Juicio Oral: Los honorarios de correspondientes a esta fase serian conforme al último Baremo de Honorarios del Consejo Valenciano de Abogados. En el momento de la contratación se aportara en concepto de provisión de fondos el 60% del total de los honorarios. A estas cantidades se añadirá la que corresponda en función de la responsabilidad civil (cuantía) reclamada como daños y perjuicios del delito, que se calcula siguiendo la norma de los procedimientos civiles.
2.- Segunda instancia: En caso de que la sentencia de la primera instancia fuera recurrida, los honorarios de la segunda instancia serían la mitad de primera instancia o juicio oral.
Nota informativa: En estas cantidades no está incluido: I.V.A. ni retención alguna, honorarios de otros profesionales cuya intervención sea necesaria durante el proceso (procurador, peritos, notarios…), ni las tasas o depósitos que fueran necesarios para los trámites procesales o extraprocesales que hubiera que realizar. Los datos aquí reflejados son de carácter orientativo, para una mayor concreción, por favor, póngase en contacto con nosotros.
Los honorarios de los procedimientos no penales dependen de las fases del procedimiento, que en términos generales suelen ser:
Los honorarios dependen de la cuantía del procedimiento que usted reclama, que le reclaman o de la valoración de los derechos en cuestión.
Primera instancia: Los honorarios de primera instancia se abonarán a razón de los siguiente porcentajes: Los honorarios de correspondientes a esta fase serian conforme al último Baremo de Honorarios del Consejo Valenciano de Abogados. En el momento de la contratación se aportara en concepto de provisión de fondos el 60% del total de los honorarios. – 40% a la celebración de la vista.
Segunda instancia: Los honorarios de la segunda instancia serán la mitad del importe de la primera instancia a abonar en el momento de la firma de la hoja de encargo.
Nota informativa: En estas cantidades no está incluido: I.V.A. ni retención alguna, honorarios de otros profesionales cuya intervención sea necesaria durante el proceso (procurador, peritos, notarios…), ni las tasas o depósitos que fueran necesarios para los trámites procesales o extraprocesales que hubiera que realizar. Los datos aquí reflejados son de carácter orientativo, para una mayor concreción, por favor, póngase en contacto con nosotros.
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