El reparto de los bienes comunes en los divorcios

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    7 de Julio de 2023

    El régimen de bienes con el que se celebró el matrimonio es un aspecto fundamental para determinar cómo se van a distribuir los mismos en caso de disolución. Contactar con abogados 24 horas en Castellón especialistas en divorcios es indispensable en estos casos. En esa entrada te indicamos cuáles son los dos casos más habituales.


    En el régimen de bienes gananciales, se parte de la premisa de que, desde el momento del matrimonio, todos los bienes pasan a ser patrimonio común. En este caso, el vínculo funciona como una comunidad de bienes, independientemente de que un coche o una casa se ponga a nombre de uno de los dos cónyuges. En caso de separación, hay que dividir la sociedad al 50 %.


    El régimen de separación de bienes es sustancialmente diferente, siendo el que se adopta por defecto salvo capitulación matrimonial previa. Cada bien adquirido desde el momento de contraer matrimonio pertenecerá por completo al cónyuge bajo el que recaiga la titularidad. Si hay divorcio, en principio, no se podría reclamar nada al respecto. Los abogados 24 horas en Castellón saben, no obstante, que hay dos excepciones fundamentales a considerar.


    En primer lugar, en caso de hijos comunes, la separación de bienes no exime de la obligatoriedad de abonar una pensión alimenticia. Además, también es posible que uno de los cónyuges tenga derecho al usufructo de la vivienda si hay un hijo menor de edad, aunque no le pertenezca nominalmente.


    En segundo lugar, hay que recordar que el derecho a percibir una pensión compensatoria está disociado del régimen de bienes del matrimonio. Por lo tanto, es perfectamente posible que, en un matrimonio en separación de bienes, la parte que se considera perjudicada reclame una retribución por una pérdida de nivel de vida.


    En David Parrado Abogados estamos especializados en derecho matrimonial y de familia, pudiendo gestionar tu divorcio por mutuo acuerdo o contencioso.

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